Propiedad Horizontal
Contaminacion acustica. El deber de protección de la administracion
Ahora que ha llegado el verano, en época de fiestas o simplemente porque en nuestro entorno hay negocios que son ruidosos, el ruido es un problema que afecta a muchas personas.
El Tribunal Constitucional, siguiendo la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, determina que la exposición continuada a un nivel intenso de ruido puede originar graves daños a la salud de las personas, y que esta situación vulnera el derecho a la integridad física y moral constitucionalmente garantizada en el artículo 15 de la Constitución.
Por su parte, el Tribunal Supremo nos recuerda que el individuo tiene derecho al respeto a su domicilio, concebido no solo como el derecho a un espacio físico, sino también el derecho a disfrutar, con toda tranquilidad, de dicho espacio.
Por tanto, atentar contra el derecho del respeto al domicilio no supone sólo una vulneración material y corporal, como la entrada en el domicilio de una persona no autorizada, sino también una vulneración inmaterial o incorporal, como los ruidos, las emisiones, los olores y otras injerencias, y si la vulneración es grave, puede privar a una persona de su derecho al respeto del domicilio puesto que le impide disfrutar del mismo.
Todos podemos exigir la protección de estos derechos a la Administración, ya que ésta tiene el deber de protección y vigilancia, sin perjuicio de dirigirnos contra el causante del daño en vía civil o incluso penal. Si tienen un problema de ruidos que les causa un daño a sus derechos, no duden en consultarnos. Les aconsejaremos sobre las vías más adecuadas a su caso.