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Propiedad Horizontal
Analizamos una sentencia que resuelve un caso bastante común: los padres fallecen y dejan el uso de su vivienda a uno de los hijos mientras la vivienda se vende o se decide qué hacer con ella, quedando la propiedad indivisa.

El Código Civil establece expresamente que los comuneros hagan uso de la cosa común según su destino, siempre que no perjudiquen a los demás partícipes y sin impedir a los mismos la utilización de la cosa según su derecho, pero puede surgir la necesidad de proceder a la venta de la finca o su arrendamiento, o darle cualquier otro uso que los coherederos convengan. Es entonces cuando surgen los conflictos que pueden derivar en un proceso de desahucio.

La Audiencia Provincial de Valladolid ha dictado una sentencia donde resuelve el desahucio de la hermana por haber abusado de su posición como copropietaria y de la buena fe del resto de copropietarios, al obligarles a interponer una demanda para recuperar la posesión.

La sentencia señala que desde 2010 es posible ejercitar acción de desahucio por precario por los coherederos que tengan la mayoría contra un coheredero minoritario cuando la herencia se encuentre indivisa. Igualmente considera que el derecho del que está utilizando la cosa no recae sobre partes concretas, sino sobre una cuota del todo, y que su condición de copartícipe en el proindiviso no justifica la posesión exclusiva frente a los demás.
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